No se pueden comprar alimentos caducados.
El gobierno baraja la posibilidad de ampliar la fecha de caducidad de determinados alimentos, pero está totalmente descartado imitar el modelo griego, en el cual si que se permitía la venta de alimentos caducados a un precio más barato del habitual.
La venta de alimentos que han superado la fecha de caducidad o consumo preferente que se indica en el etiquetado del producto, podría considerarse, Según el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, en el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria, y sus posteriores modificaciones, como “venta de productos cuya calidad no se ajusta a las disposiciones vigentes”.
Por tanto, se consideran no aptos para el consumo y su venta no se puede realizar.
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